¿Quién Fiscaliza los ómnibus interprovinciales?
por Manuel Luque Casanave (*)
(*) Analista
La racha de accidentes de carreteras que involucran a buses de transporte interprovincial ameritan un análisis detallado, para evaluar las causas que motivan la reducida efectividad del Programa “Tolerancia Cero”, las estadísticas de siniestrabilidad muestran que los accidentes en carreteras no han disminuido respecto a períodos anteriores.
Hay factores que concurren en simultáneo y que son causas de los accidentes en nuestras carreteras y ante los cuales la fiscalización resulta ineficaz por la falta de infraestructura, de integración de la información en red nacional en tiempo real y por la falta de herramientas modernas de monitoreo en línea de los vehículos en las carreteras como los radares y GPS.
Las revisiones técnicas que se reanudan en la capital después de cerca de veinte años, se presenta como una oportunidad para garantizar la circulación de vehículos seguros y no contaminantes. Sin embargo al no ser revisiones de alcance nacional subsiste la inseguridad en las carreteras por vehículos de provincias no sujetos a revisiones técnicas.
La Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre (Ley 27181) en su artículo 16 establece que a nivel nacional el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) es la autoridad competente a cargo de mantener un sistema estándar de homologación y de revisiones técnicas de vehículos, más no así las municipalidades provinciales.- Podemos imaginar vehículos desaprobados en una provincia buscando aprobar la revisión en otra provincia “menos exigente”, generando inseguridad, corrupción y falta de transparencia por la falta de homogeneidad en el alcance y en las exigencias de las revisiones técnicas realizadas bajo la jurisdicción de las diversas municipalidades provinciales del país.
Para evitar ello y extender las revisiones a todo el país, el MTC debería emitir un Reglamento Nacional de Revisiones Técnicas, que serviría de referente para que las municipalidades provinciales elaboren las bases para la concesión de plantas de revisiones técnicas en su jurisdicción.- De esta forma se aseguraría que las revisiones realizadas en cualquier provincia contenga procedimientos acorde con las exigencias técnicas del reglamento en mención, el que debería contemplar la realización de las revisiones solo con equipos e instrumentos homologados, para que los resultados obtenidos en cualquier provincia sean equivalentes a los obtenidos en Lima, aunque en ésta -por economía de escala- las plantas de revisión técnica cuenten con equipos de última generación.
Las municipalidades provinciales convocarían a concurso público para seleccionar talleres autorizados para realizar los arreglos y reparaciones que requieran los vehículos que no aprobaron la revisión.- Las revisiones técnicas podrían servir paralelamente para impulsar la reconversión de los vehículos a gas natural, así vehículos que no aprueben las revisiones por superar los niveles de contaminación permisibles, podrían tener como una alternativa económica el optar por la reconversión en base a información comparativa proporcionada en los talleres autorizados.
Para contribuir a reducir los accidentes en las carreteras, en las revisiones técnicas se debería exigir a los vehículos de transporte público interprovincial, el uso obligatorio del tacógrafo -acorde con el Reglamento Nacional de Vehículos-, el que opera como “caja negra”, como alternativa el contar con un receptor GPS para permitir desde una estación base el rastreo del vehículo, registrándose la ubicación, la velocidad, las paradas, la ruta y las aceleraciones; asimismo implementar sistemas de velocidad controlada o de limitadores de velocidad.
Artículo publicado en el Diario "El Comercio", Lima, Perú el 06 diciembre 2007
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